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Ordena INE a Sheinbaum no vulnerar el interés superior de la niñez
Por: Redacción Fundamentos
MÉXICO: Ordena INE a Sheinbaum no vulnerar el interés superior de la niñez / Agencia
MÉXICO / 2023-12-31 16:52:07.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió, por unanimidad de votos, una orden dirigida a Claudia Sheinbaum, precandidata única a la presidencia de Morena, para que no "vulnere el interés superior de la niñez" después de que el Partido Acción Nacional (PAN) presentara nueve solicitudes de medidas cautelares por presunta vulneración del "interés superior de menores de edad".

La comisión determinó el retiro de un video en TikTok que involucraba a un menor de edad, ya que no se pudo justificar su aparición sin la documentación necesaria.

El INE consideró procedente la solicitud de medidas cautelares para evitar situaciones que pongan en riesgo los derechos de niñas, niños y adolescentes.

La orden establece que Sheinbaum debe obtener autorizaciones previas de las personas menores que aparezcan en sus publicaciones antes de su difusión. En caso de no contar con estas autorizaciones, se le pide que edite las imágenes o videos para que no sean identificables.

Además de la resolución relacionada con Claudia Sheinbaum, la revisión de otros temas preelectorales incluyó la denuncia contra Juan Hernández, Coordinador Nacional de Acción Migrante del PAN y los partidos que integran el Frente Amplio por México, por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, siendo catalogada como improcedente por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.

La comisión también evaluó la difusión de "Claudia: el documental" como acto anticipado de campaña, decidiendo que era improcedente ordenar su eliminación, ya que no existían indicios de que las publicaciones hubieran trascendido a la ciudadanía en general y se trataba de hechos futuros de realización incierta.

Además, se declaró improcedente la denuncia sobre ocho publicaciones que supuestamente vulneraban el interés superior de la niñez, ya que no se podía identificar a las personas afectadas.

Finalmente, las publicaciones de Xóchitl Gálvez en redes sociales fueron preliminarmente consideradas improcedentes al no configurar vulneraciones en materia electoral.